La terminación del contrato se puede dar por varias causas:
- MUTUO ACUERDO: Las partes deben dejar constancia mediante un acta transaccional de la terminación del contrato y es necesario que se haga un reconocimiento monetario, que puede estar establecido desde la celebración del contrato o pactarse entre las partes. Es recomendable que esta suma sea similar a una indemnización por despido sin justa causa, con el fin de llegar a un acuerdo razonable y que no se violen los derechos del empleado.
- UNILATERALMENTE POR PARTE DEL EMPLEADOR: En caso de querer terminación del contrato sin justa causa, se debe reconocer al empleado una indemnización por despedirlo sin causa aparente.
- RENUNCIA DEL TRABAJADOR: En este caso no se debe reconocer indemnización alguna, pues es decisión unilateral por parte del empleado, dar por terminado su contrato con la persona u organización con quien lo suscribió.