Los préstamos y adelantos de salario son legales en cuanto a la ley. Es decisión del empleador realizar este tipo de transacciones, teniendo en cuenta que la relación laboral puede cambiar en cualquier momento, debes tener cuidado y fijar claramente las condiciones de reintegro del dinero, el empleador no está facultado para cobrar ningún tipo de intereses por el mismo.
Para tramitar préstamos es necesario tener como soporte una solicitud escrita por parte del trabajador donde se fije un monto y la modalidad de pago, esta solicitud debe hacerse antes de desembolsar el dinero.
Ten en cuenta que el préstamos a tu empleado no debe vulnerar el salario mínimo, pues puedes poner en riesgo los gastos de tu empleado según dictamina la ley.