Se prohíbe el despido unilateral y sin justa causa de un trabajador cuya cónyuge, pareja o compañera permanente cumpla los siguientes requisitos:1. encontrarse en estado de embarazo o dentro de las 18 semanas posteriores al parto (licencia de maternidad); y 2. no tener una relación laboral formal vigente al momento del despido del trabajador. se necesita autorización del Ministerio del Trabajo que avale una justa causa de despido. Los trabajadores que sean despedidos sin la autorización requerida tendrán derecho al pago de una indemnización igual a 60 días de salario.
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