Si un contrato termina y arranca otro, es necesario presentar la novedad de terminación de contrato al ministerio de trabajo, desafiliar y volver a afiliar al empleado a seguridad social, con una diferencia de 15 días entre la terminación de un contrato y la suscripción del otro, con el fin de no acumular antigüedad en el trabajo.
Cuando un contrato a término fijo se prorroga, no es necesario desafiliar al empleado y afiliarlo nuevamente y en caso de pasar de término fijo a término indefinido es necesario que se adjunte al contrato un otro si, con el fin de no realizar desafiliación del empleado a seguridad social.
Actualmente, algunos empleadores dan por terminado el contrato de sus empleados anualmente y suscriben uno nuevo con la misma duración, con el fin de evitar el pago de montos elevados en liquidación e indemnizaciones, en el caso en que se pueda demostrar la continuidad del trabajo y un despido sin justa causa por parte del empleado, de igual forma, el empleador tendría que pagar la indemnización correspondiente.