Cuando un empleado es cotizante independiente y es contratado para prestar sus servicios a una persona natural o jurídica, por medio de un contrato, es necesario que éste presente la novedad a su EPS y fondo de pensiones y realice su retiro como cotizante independiente, para esto es necesario que el empleado remita una carta de solicitud, con el fin de no incurrir en moras a su nombre por suspender el pago como cotizante independiente.
Cuando se vincula un empleado bajo un contrato de trabajo es responsabilidad del empleador cubrir sus prestaciones de ley, entre estas su afiliación a EPS, por ende, es este quien cubrirá después las prestaciones de su empleado, una vez suscrito el mismo.